lunes, 2 de febrero de 2015

STOP AL MALTRATO INSTITUCIONAL EN LA OFICINA DE EXTRANJERÍA

Sus derechos son nuestros derechos. 
No al maltrato institucional 


Un día como hoy, en 2011, un grupo de personas que formamos parte de la  Ruta Contra'l Racismu y la Represión nos acercábamos a las oficinas de extranjería para documentar y denunciar el trato y calidad del servicio que reciben las personas que acuden a la Oficina de Extranjería de Oviedo. Cuatro años más tarde, lamentablemente, la escena vuelve a repetirse. Desde que en Noviembre de 2013 se producía un cambio en la dirección de dicha oficina, con la entrada de Carmen Bartolomé Blanco, se ha venido haciendo una mala aplicación e interpretación del Reglamento de Extranjería, que si ya de por sí vulnera los derechos de las personas migrantes, lo hace de una forma más contundente cuando pasa a convertirse en un maltrato institucional sistemático. 

Éste es el motivo por el que de nuevo nos encontramos aquí: denunciar y señalar el trato que se sigue dando a nuestrxs vecinxs migrantes.

Desde el cambio en la dirección en la Oficina de Extranjería, hemos observado cómo el procedimiento de resolución de expedientes se alarga innecesariamente, haciendo con ello, entre otras cosas, que lxs empleadorxs desistan de las ofertas de empleo que han ofrecido a las personas que están solicitando el permiso de residencia y trabajo. Estamos viendo como una solicitud de permiso de residencia por arraigo está tardando más de 8 meses en resolverse, una reagrupación familiar cerca de 1 año… Estas esperas son inaceptables y no se deben a un exceso de volumen de trabajo, sino a una directriz en el funcionamiento de la Oficina.

Pero no son los únicos impedimentos. Para realizar venta ambulante se pide una capacitación profesional, documento no contemplado por el Reglamento y además, inexistente. Y también se exigen licencias municipales, cuando a dichas licencias sólo puede optarse en los ayuntamientos cuando la persona ya tiene permiso de residencia.

También se están valorando negativamente los informes de arraigo positivos emitidos por los Servicios Sociales de los respectivos ayuntamientos, contradiciendo la valoración del trabajador/a social, que es la única persona profesional validada para hacer dichos informes.

Otra traba que está poniendo la Oficina de Extranjería a las personas migrantes, cuando ya tienen residencia temporal y van a renovar esta autorización, es exigirles que aporten documentación no prevista en el Reglamento, como facturas, poniendo en duda si están al corriente en el pago de impuestos y otros.

Y así podríamos seguir enumerando un largo etcétera de situaciones de vulneración de los derechos de las personas migrantes que, en su mala praxis, se están promoviendo desde la Oficina de Extranjería de Oviedo:
    
- Negar a lxs migrantes que llevan viviendo en el Estado español incluso hasta 10 años la acreditación de su estancia continuada en el país, cuando han aportado todos los documentos que se les piden y en los que se acredita dicha estancia.

- Denegar la autorización de residencia a una persona utilizando como motivo el no haber participado en cursos, cuando la situación de irregularidad administrativa en la que se encuentra la persona no le permite acceder a cursos de organismos públicos; en esta situación sólo puede acceder a formaciones muy concretas y en determinadas ONG's.

- No admitir documentación emitida por organismos públicos extranjeros (correctamente legalizada por el consulado correspondiente) alegando defectos inexistentes, lo que somete a la persona interesada a un estrés injustificado, obligándole a ir de una Administración a otra, sin que vea lograda su intención de aportar la documentación al expediente. Además, en este y otros trámites, cuando la persona va a presentar la documentación se encuentra con que el/la funcionaria correspondiente no quiere recoger la documentación y darle registro de entrada. Incumpliendo con su obligación de tramitar los asuntos, tal y como establece la ley.

Las personas migrantes, como sujetos de derecho que son al igual que el resto de personas, tienen derecho a un trato de calidad y no un trato prejuicioso y racista. Las malas caras, el trato en base a prejuicios y los desmanes sin  motivo de algunas de las personas trabajadoras de dicha Oficina, constituyen un trato denigrante, sancionable y denunciable públicamente. Sin olvidarnos de que el mal funcionamiento de un servicio no debe servir de excusa para justificar el retraso en la tramitación de los diferentes documentos, ya que si tales fallos existen está en manos de la Oficina de Extranjería solventarlos, y no servirse de ellos para privar a las personas de sus derechos. 

Porque recibir un trato de respeto y calidad es algo exigible por todas las personas; porque ver resueltas tus solicitudes en el tiempo y forma que dicha Ley contempla, es un derecho que no puede cuestionarse. 

Sus derechos son nuestros derechos. No al maltrato institucional en la Oficina de Extranjería.

Ruta Contra’l Racismu y la Represión


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