Sus derechos son nuestros derechos.
No al maltrato institucional
Un día como hoy, en 2011, un grupo de
personas que formamos parte de la Ruta Contra'l Racismu y la Represión
nos acercábamos a las oficinas de extranjería para documentar y denunciar el
trato y calidad del servicio que reciben las personas que acuden a la Oficina de
Extranjería de Oviedo. Cuatro años más tarde, lamentablemente, la
escena vuelve a repetirse. Desde que en Noviembre de 2013 se producía un cambio
en la dirección de dicha oficina, con la entrada de Carmen Bartolomé Blanco, se
ha venido haciendo una mala aplicación e interpretación del Reglamento de
Extranjería, que si ya de por sí vulnera los derechos de las personas
migrantes, lo hace de una forma más contundente cuando pasa a convertirse en un
maltrato institucional sistemático.
Éste es el motivo por el que de nuevo nos
encontramos aquí: denunciar y señalar el trato que se sigue dando a nuestrxs
vecinxs migrantes.
Desde el cambio en la dirección en la
Oficina de Extranjería, hemos observado cómo el procedimiento de resolución de
expedientes se alarga innecesariamente, haciendo con ello, entre otras cosas,
que lxs empleadorxs desistan de las ofertas de empleo que han ofrecido a las
personas que están solicitando el permiso de residencia y trabajo. Estamos
viendo como una solicitud de permiso de residencia por arraigo está tardando
más de 8 meses en resolverse, una reagrupación familiar cerca de 1 año… Estas
esperas son inaceptables y no se deben a un exceso de volumen de trabajo, sino
a una directriz en el funcionamiento de la Oficina.
Pero no son los únicos impedimentos. Para
realizar venta ambulante se pide una capacitación profesional, documento no
contemplado por el Reglamento y además, inexistente. Y también se exigen
licencias municipales, cuando a dichas licencias sólo puede optarse en los
ayuntamientos cuando la persona ya tiene permiso de residencia.
También se están valorando negativamente
los informes de arraigo positivos emitidos por los Servicios Sociales de los
respectivos ayuntamientos, contradiciendo la valoración del trabajador/a
social, que es la única persona profesional validada para
hacer dichos informes.
Otra traba que está poniendo la Oficina de
Extranjería a las personas migrantes, cuando ya tienen residencia temporal y
van a renovar esta autorización, es exigirles que aporten documentación no
prevista en el Reglamento, como facturas, poniendo en duda si están al
corriente en el pago de impuestos y otros.
Y así podríamos seguir enumerando un largo
etcétera de situaciones de vulneración de los derechos de las personas
migrantes que, en su mala praxis, se están promoviendo desde la Oficina de
Extranjería de Oviedo:
- Negar a lxs migrantes que llevan
viviendo en el Estado español incluso hasta 10 años la acreditación de su
estancia continuada en el país, cuando han aportado todos los documentos que se
les piden y en los que se acredita dicha estancia.
- Denegar la autorización de residencia a
una persona utilizando como motivo el no haber participado en cursos, cuando la
situación de irregularidad administrativa en la que se encuentra la persona no
le permite acceder a cursos de organismos públicos; en esta situación sólo
puede acceder a formaciones muy concretas y en determinadas ONG's.
- No admitir documentación emitida por
organismos públicos extranjeros (correctamente legalizada por el consulado
correspondiente) alegando defectos inexistentes, lo que somete a la persona
interesada a un estrés injustificado, obligándole a ir de una Administración a
otra, sin que vea lograda su intención de aportar la documentación al
expediente. Además, en este y otros trámites, cuando la persona va a presentar
la documentación se encuentra con que el/la funcionaria correspondiente no
quiere recoger la documentación y darle registro de entrada. Incumpliendo con
su obligación de tramitar los asuntos, tal y como establece la ley.
Las personas migrantes, como sujetos de
derecho que son al igual que el resto de personas, tienen derecho a un trato de
calidad y no un trato prejuicioso y racista. Las malas caras, el trato en base
a prejuicios y los desmanes sin motivo de algunas de las personas
trabajadoras de dicha Oficina, constituyen un trato denigrante, sancionable y
denunciable públicamente. Sin olvidarnos de que el mal funcionamiento de un
servicio no debe servir de excusa para justificar el retraso en la tramitación
de los diferentes documentos, ya que si tales fallos existen está en manos de
la Oficina de Extranjería solventarlos, y no servirse de ellos para privar a
las personas de sus derechos.
Porque recibir un trato de respeto y
calidad es algo exigible por todas las personas; porque ver resueltas tus
solicitudes en el tiempo y forma que dicha Ley contempla, es un derecho que no
puede cuestionarse.
Sus derechos son nuestros
derechos. No al maltrato institucional en la Oficina de Extranjería.
Ruta Contra’l Racismu y la Represión
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